A mediados de la década del sesenta, se licitó por primera vez, en el Partido de General Pueyrredón, el servicio de recolección de RSU y su disposición final, utilizándose para tal fin, una fracción de campo ubicada en el Km. 9 de la Ruta Provincial Nº 88.
En este emplazamiento los residuos no se cubrían en forma periódica afectando al medio ambiente y a la comunidad (proliferación de moscas, roedores, malos olores, etc.).
A fines de 1969, se realizó un nuevo llamado a licitación, y utilizando el mismo emplazamiento (Km. 9 de la Ruta Provincial Nº 88.) se propuso el sistema de Relleno Sanitario, utilizando el método de trincheras, en las cuales se depositaban los residuos, realizando una cobertura con un manto de tierra, cuyo espesor era de 20 cm, y realizando tal operatoria dentro de las 48 hs. desde su depósito.
En 1970, se designó un nuevo predio para la disposición final de los residuos, ubicado en el Km. 6,5 de la Ruta 88, el mismo se utilizó hasta junio del año 1975.
En 1979 se realizó un nuevo llamado a licitación, incorporándose en el pliego de la misma, además de un relleno sanitario, la producción de compost. Luego de ser rechazado un predio (ubicado en el Km. 22,5 de la Ruta 88), se dispuso que se utilizaría el ubicado en la Parcela Rural 335 de la Circunscripción IV, ( es el correspondiente al predio ubicado a unos 1000 mts. del camino viejo a Miramar).
En julio del año 1984 una Comisión integrada por distintas áreas municipales determinó como zona apta, para este tipo de emprendimiento, la identificada en el Código de Ordenamiento Territorial como Rex (Rural Extensivo) correspondiente a la Circunscripción IV del Partido.
En 1992, por primera vez, se llamó a licitación, por separado, el servicio de recolección de RSU de su disposición final.
Desde 1979 hasta 1994, año en que se dejó de usar el predio (Parcela Rural 335 de la Circunscripción IV) se calcula que se depositaron en el mismo, aproximadamente, 2.8000.000 toneladas de residuos, lo que equivaldría a un volumen de 4.000.000 de metros cúbicos.
Este predio, en la actualidad, se encuentra abandonado, siendo monitoreado por OSSE, para verificar la incidencia que tienen los líquidos percolados de la masa de residuos allí existentes en la Laguna Ponce, el Arroyo las Chacras y el afluente temporario suroeste del Arroyo Lobería.
El 1 de Mayo de 1994, por decreto, se adjudica el servicio de disposición final de residuos, en forma directa a la UTE. IMEPHO – Conrado Iglesias Niembro S.R.L. La UTE en un lote de su propiedad, ubicado en la zona Rural, parcela 335 ad, Circunscripción IV, (Actual Predio de Disposición Final), propone realizar la disposición por la técnica de Relleno Sanitario. Asimismo realizó una oferta alternativa para efectuar la impermeabilización de las celdas con polietileno de 200 micrones de densidad.
Tras un período conflictivo (licitaciones frustradas, protestas vecinales, presentación de recursos de amparo, etc.).Hubo un nuevo llamado a licitación cuyo pliego presentaba un esquema abierto a diferentes alternativas en lo referente a las tecnologías a aplicar en la disposición final de los residuos. Por otro lado este pliego incluyó, por primera vez, el llamado a una convocatoria a Audiencia Pública, la misma se realizó en junio del 2000, con una gran convocatoria (movimientos vecinales, ONGs, representantes de la Universidad, representantes de colegios profesionales (Arquitectos, Ingenieros, Martilleros, etc.)).
Se propusieron una serie de reformas al pliego presentado por el Ejecutivo, como por ejemplo: la creación de la Comisión Permanente de Seguimiento y Monitoreo de Gral. Pueyrredón, cuyas funciones fundamentales son garantizar mecanismos de control, seguimiento continuo del proceso licitatorio y posterior puesta en marcha del manejo de los RSU. Para integrar dicha comisión se llamaron a actores relevantes de la comunidad (Sociedades de Fomento, ONGs, Colegios Profesionales, OSSE, Concejo Deliberante, Departamento Ejecutivo a través de la Dirección de Gestión Ambiental, la Universidad, et).La misma funciona hasta el día de la fecha, reuniéndose todos los lunes.
Tras las reformas propuestas, hacia fines del año 2000 hay un nuevo llamado a licitación y en mayo del 2001 se adjudicó el servicio a la empresa UTE Van der Wiel – IMEPHO. Comienza un nuevo periodo conflictivo, luego de ser rechazado como no apto el estudio de impacto ambiental presentado por la empresa ante la Secretaria de Política Ambiental de la Prov. De Bs As. Por lo cual, en junio del 2002, por decreto, el municipio se hace cargo de la operatoria del actual predio de disposición final de residuos, con equipamiento y personal municipal, situación que continúa en la actualidad.
En agosto del 2005, la empresa Transportes 9 de Julio S.A. ganó la licitación, realizando el servicio de recolección y transporte de RSU, al predio de disposición final, sito en la Av. Antártida Argentina. La operatoria del predio dependió del Municipio a través de la Dirección general de Gestión Ambiental del ENOSUR
Dicha Dirección realizó una serie de acciones para el cumplimiento, por parte del ejecutivo, de la ordenanza que solicitaba el cierre definitivo de dicho predio en mayo del 2005.
Se decide utilizar el predio denominado “ex Venturino” declarado, ambientalmente apto para la instalación de un centro de gestión integral de RSU, este terreno es el primer inmueble, en el Partido, que cuenta con dicha aptitud ambiental
La Nación a través de la Secretaría de Ambiente y Desarrollo Sustentable lanzó en el año 2004 la Estrategia para la Gestión Integral de los Residuos Sólidos Urbanos para todo el país.
Esta iniciativa tuvo como objetivo revertir el mal manejo de los residuos sólidos urbanos con el fin de erradicar tanto los problemas sanitarios como de contribuir al desarrollo sostenible generando oportunidades económicas y fuentes de empleo a partir del uso eficiente del recurso. También se pretende erradicar los problemas sociales y de la degradación de la calidad del ambiente a partir de la minimización y valorización de los residuos urbanos.
Los municipios son los responsables directos de sustituir el viejo sistema de gestión de residuos, de establecer su propia estrategia en base a las mejores técnicas y tecnologías, que sean ambientalmente sustentables, socialmente aceptables y económicamente accesibles y redituables
El 30 de mayo de 2006, el Sr. Intendente Municipal a través del Decreto Nº 1240/06, crea en el ámbito del Partido de Gral. Pueyrredón , la Unidad Ejecutora para la Gestión Integral de Residuos Sólidos Urbanos ( UEMGIRSU), la cual tiene a cargo la preparación, ejecución, coordinación y administración del plan de gestión integral de residuos sólidos urbanos, establecido en el art. 8 de la Ordenanza Nº 16593/04.
A través de gestiones con PNUD (Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo), la Unidad Ejecutora avanzó en el Diseño de un Programa para el Manejo Integral de los Residuos Sólidos Urbanos con especial énfasis en el desarrollo de programas en vistas a la Inclusión y la Participación Ciudadana.
Con fecha 22 de Febrero de 2007, se presenta ante la Unidad de Coordinación de Programas de R.S.U e Industriales Asimilables, dependiente de la Secretaría de Política Ambiental, un proyecto de Clausura y Post Clausura del Predio Actual de Disposición Final de Residuos Sólidos Urbanos, en la cual se Declaraba Ambientalmente Apto el predio denominado Ex Venturino, para la construcción de un Centro de Gestión Integral de Residuos Sólidos Urbanos para el Partido de Gral. Pueyrredón.
El proyecto se desarrolló en el marco establecido por la Ley Provincial Nº 13592/06 la cual expresa “ERRADICACIÓN, IMPEDIMENTO Y TRATAMIENTO DE BASURALES.- ARTÍCULO 9°. Los Programas de Gestión Integral de residuos sólidos urbanos que presenten los Municipios para su aprobación por parte de la Autoridad Ambiental Provincial, deben tener como objetivos erradicar la práctica del arrojo en basurales a cielo abierto e impedir el establecimiento de nuevos basurales a cielo abierto en sus respectivas jurisdicciones.
Las Autoridades Municipales quedan obligadas a clausurar dichos basurales, conforme a los principios establecidos en la Ley Nacional N° 25.675, la Ley N° 11.723 y la reglamentación de la presente. Queda prohibida la quema a cielo abierto o cualquier sistema de tratamiento no autorizado por la Autoridad Ambiental Provincial.
En caso de incumplimiento con lo establecido en los párrafos precedentes, la Autoridad Ambiental Provincial podrá ejecutar todas las fases del tratamiento conforme al Programa de Gestión presentado por el Municipio. En estos casos dichas tareas se harán con cargo al respectivo Municipio.”.
También se presto especial atención y se cumplió expresamente con lo preceptuado por la Resolución SPA 1.143/02 (que determina las pautas que se sugieren para la Disposición de Residuos Sólidos Urbanos en Rellenos Sanitarios), y la ley 11.723 (de protección, conservación, mejoramiento y restauración de los recursos naturales y del ambiente en general en el ámbito de la Provincia de Buenos Aires).
Durante el año 2007 el Municipio adquirió los siguientes predios linderos al actual predio de disposición Final de RSU: el Predio denominado “Alternativo” (10 Has.) y una parcela de 5 has ubicado en sector Oeste del Predio y continuó con las tratativas de adquisición de los demás predios linderos y el denominado “Ex Venturino”, en donde se va instalar el Centro de Gestión Integral de tratamiento de RSU.
Con fecha 16 de agosto de 2007, se firmo un CONVENIO DE ASISTENCIA FINANCIERA ENTRE LA SECRETARIA DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE DE LA JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS Y EL MUNICIPIO DE GENERAL PUEYRREDON.
La cláusula primera del CONVENIO DE ASISTENCIA FINANCIERA, expresa “Coadyuvar a la ejecución del Proyecto de Cláusula y Post Clausura del Basural a Cielo abierto y de Construcción de un Centro de Gestión Integral de Residuos Sólidos Urbanos el que fue elaborado en cumplimiento de la Resolución SPA Nº 1285/06 y de conformidad con la Ley Provincial 13592/06 que como Anexo I, forma parte integrante del presente”.
En el mes de agosto de 2008 se abrieron los sobres correspondientes a la Licitación Pública Internacional No.LPI 01-2008, para el Diseño, Construcción y Operación del Centro de Disposición Final de Residuos Sólidos Urbanos y de sus Sistemas Asociados en el Municipio de General Pueyrredón,.- A esta licitación se presentaron tres empresas, y luego de las evaluaciones correspondientes se concluyó que ninguna reunía los requisitos necesarios
Durante el año 2008 el Municipio adquirió los siguientes predios linderos al actual predio de Disposición Final de RSU: 14 Has en el sector NE y 5 Has en el sector SE (lindero al predio de Disposición Final de Residuos Inertes).
La Unidad Ejecutora Municipal ha completado el Plan Director de Gestión Integral de Residuos Sólidos Urbanos para el Municipio de Gral. Pueyrredón (PD GIRSU MGP), por lo tanto las autoridades municipales, disponen de una herramienta clave para la resolución del conflicto sobre la disposición final de los residuos sólidos urbanos, a través de una posterior implementación de un Sistema de Gestión Integral de los Residuos Sólidos Urbanos (SGIRSU).
En el mes de febrero de 2009 se perfeccionó la venta del Predio denominado “Ex Venturino” (63 Has), a través de extensión de la correspondiente escritura traslativa de dominio.
Durante el año 2009 se realizó el segundo llamado a licitación para el Diseño, Construcción y Operación de un centro Integral de Tratamiento de Residuos Sólidos Urbanos. De esta licitación resulto adjudicataria la empresa TECSAN SA. En el mes de diciembre de 2010 se procedió a firmar el contrato.
* Ingeniero Químico y Laboral
Abogado
Especialista en Higiene y Seguridad en el Trabajo
Director de Gestión Ambiental ( MGP)